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¡Atención titulares de predios con Rol Único Pecuario RUP!.

Esta Declaración corresponde al registro de existencias de todos los animales presentes en un establecimiento pecuario, según especie y categoría.

Debe ser realizada anualmente, por todo titular de establecimiento pecuario registrado con RUP, durante el período 1 de agosto - 30 de noviembre, ambas fechas inclusive.

La DEA se realiza mediante el Formulario de Declaración de Existencia de Animales (FDEA) o directamente en la funcionalidad electrónica del Sistema de Información Pecuaria (SIPECweb).

Los datos contenidos en la DEA deben corresponder a la dotación de los animales presentes en el establecimiento al momento de realizar la declaración, detallados por especie y categoría.

La información se ingresa al Registro de Existencia de Animales del Sistema de Información Pecuaria (SIPECweb) y tiene carácter reservado.

Los recintos que mantienen animales en forma temporal no deben realizar la DEA, entre otros:

matadetros,
centros de faenamiento de autoconsumo,
ferias ganaderas,
controles fronterizos,
establecimientos que sólo realizan eventos deportivos o recreacionales.
El Formulario de Declaración de Existencia de Animales no constituye título de dominio o propiedad, respecto de los animales declarados.

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