Áreas prohibidas de caza

 

En los sitios considerados como Áreas Prohibidas de Caza, la caza está prohibida por períodos de 10 a 30 años. En estas áreas la caza está prohibida, excepto para las especies de fauna consideradas dañinas.

En su mayoría, estas zonas se encuentran asentadas en propiedades privadas, motivo por el cual responden generalmente al interés tanto de los particulares como del Estado, en pro de la protección de vida silvestre de sectores que poseen un interesante componente de nuestra fauna nativa. Por lo anterior, en las áreas que han sido declaradas como prohibidas de caza, el SAG ha establecido un estrecho contacto con las municipalidades y comunidades locales, así como también con distintos estamentos gremiales y las ONG vinculadas al tema de conservación de fauna silvestre.

Si bien la creación de este tipo de áreas de protección no establece restricciones distintas a la caza o captura de especímenes de fauna silvestre, su existencia determina que dichos ecosistemas sean más valorados, tanto por parte de organismos gubernamentales, como por la comunidad del sector, quienes los consideran como santuarios de fauna silvestre.

Las áreas con prohibición de caza constituyen un importante instrumento protección de la vida silvestre. Estas áreas son establecidas en sectores donde la diversidad o la presencia de especies amenazadas pueden ser alteradas por la caza, correspondiendo en general a sitios importantes a nivel regional en términos de diversidad de fauna silvestre. Deben poseer una superficie suficiente como para permitir el establecimiento de poblaciones regulares, en cuanto al número de individuos y al tamaño de sus ámbitos de hogar. Además se debe contar con el apoyo de la comunidad local, expresado a través de cartas firmadas por propietarios, municipios, gobernaciones y ONG vinculadas a la temática ambiental que se encuentren efectuando actividades en la zona. El último criterio está representado por la presencia de especies protegidas por convenios internacionales suscritos por nuestro país, tales como Convención de Especies Migratorias (Convención de Bonn), Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Especies de Aves Acuáticas (Convención de RAMSAR) y Convenio de la Diversidad Biológica, entre otros.

Cartilla para cazadores