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SAG fortalece atención ciudadana con nuevo procedimiento para gestión de reclamos sobre Terceros Autorizados

Enviado por Comunicaciones el Jue, 18/06/2026 - 11:28
SAG fortalece atención ciudadana con nuevo procedimiento para gestión de reclamos sobre Terceros Autorizados

El Servicio Agrícola y Ganadero, SAG, comenzó con la aplicación de un nuevo procedimiento para la recepción de reclamos que involucren los servicios de Terceros Autorizados, medida que comenzó a regir este mes de junio con el objetivo de fortalecer la atención ciudadana y el seguimiento de los requerimientos que en ese marco se reciben a lo largo del país.

El procedimiento establece los antecedentes mínimos requeridos para ingresar un reclamo relacionado con un Tercero Autorizado, entre ellos, se debe incluir el nombre completo o razón social del tercero —pudiendo aceptarse también el nombre de fantasía—, la región donde ocurrió el hecho y la actividad o acción que origina el reclamo. 

Asimismo, se definieron los tres canales oficiales para el ingreso de los reclamos: podrán presentarse de manera presencial en cualquier oficina del Servicio; mediante correo electrónico en oficina.informaciones@sag.gob.cl o escribiendo a las casillas de correo de las Oficinas de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS) regionales que se encuentran publicadas en el directorio de oficinas en www.sag.cl; o por medio del formulario “Escríbanos” disponible en el mismo sitio web. En consecuencia, las llamadas telefónicas y cualquier otro correo institucional distinto de los indicados no constituirán canales oficiales y no serán aceptados como vías formales para la presentación de reclamos.

Una vez recibido el requerimiento, el SAG gestionará la solicitud con el Tercero Autorizado correspondiente y realizará el seguimiento respectivo, contando con un plazo máximo de siete días para dar respuesta al usuario/a. 

Con esta medida, el SAG busca fortalecer la transparencia, trazabilidad y atención de las personas usuarias vinculadas a prestaciones realizadas por terceros autorizados. 

¿Qué son los Terceros Autorizados? 

La autorización de terceros corresponde al acto mediante el cual el SAG reconoce y aprueba la capacidad de personas naturales o jurídicas externas para ejecutar determinadas acciones en el marco de los programas oficiales del Servicio, de acuerdo con la normativa vigente y bajo los respectivos reglamentos e instructivos técnicos. Actualmente, el SAG cuenta con cerca de 40 servicios bajo esta modalidad en el Sistema Nacional de Autorización de Terceros. 

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