Especies autorizadas para su caza

El SAG a través de Ley de Caza establece temporadas y zonas de caza o captura, número de ejemplares que pueden cazarse o captura por jornada, temporada o grupo etario y demás condiciones en que tales actividades pueden desarrollarse. Y además, establece las especies de fauna silvestre perjudiciales o dañinas que pueden ser cazadas en cualquier época del año, en todo el territorio nacional y sin limitación de números de piezas o ejemplares, según corresponda.


Especies o animales dañinos

Se consideran dañinas a  las especies o animales que por sus características o hábitos, naturales o adquiridos, ocasionan perjuicios graves a alguna actividad humana realizada en conformidad a la ley, o causan desequilibrios de consideración en los ecosistemas en donde se desarrolla su existencia. Debido a esto, es calificado de tal por la autoridad competente, con referencia a marcos espaciales y temporales determinados.

Ningún animal comprendido en los listados de especies declaradas en peligro de extinción, vulnerables, raras o escasamente conocidas, podrá ser calificado dañino.

Este tipo de especies podrán ser cazadas o capturadas en cualquier época del año, en todo el territorio nacional y sin limitación de número de piezas o ejemplares: