Tráfico y comercio ilegal de fauna silvestre

Debido a que el tráfico ilegal es de difícil detección en las fronteras, grandes esfuerzos deben ser realizados como parte de un control interno. Estos aspectos están siendo abordados por la normativa chilena, al prever el control interno del comercio y tenencia de animales. Las sanciones al comercio ilegal de animales se traducen en multas de hasta 200 UTM (unos 6 millones de pesos) y prisión en su grado medio a máximo a quienes:

  • Cazaren, capturaren o comerciaren especies de la fauna silvestre cuya caza o captura se encuentre prohibida.
  • Comerciaren indebidamente con especies listadas en los apéndices de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna Silvestre (CITES).

Los animales que son interceptados en las barreras, son devueltos al país de origen, con lo cual se disminuye el riesgo sanitario para el país. Los ejemplares decomisados al interior del país, son devueltos al país de origen cuando es posible, o en caso contrario son remitidos a centros de rescate o zoológicos acreditados.

¿Cómo puede ayudar?

  • Prefiera comprar mascotas tradicionales, para los cuales sepa que tiene la capacidad de brindar un adecuado trato y condiciones de cautiverio.
  • No compre animales en lugares no establecidos y respecto a los cuales desconoce su origen, ya que la mayoría de los animales ilegales se comercian en ferias libres, por dato, por teléfono y, en general en forma oculta.
  • No compre animales que no conoce o no sabe acerca de su adecuada mantención, no se haga cómplice del maltrato y sufrimiento a que muchos son sometidos.
  • Denuncie ante Carabineros, Policía de Investigaciones o al Servicio Agrícola y Ganadero a quienes ofrezcan animales ilegales o a los lugares donde se sepa son mantenidos o comercializados.
  • Si tiene alguna duda con respecto del origen de una determinada especie, pida al vendedor que le muestre los documentos que certifiquen su origen (importación, compra autorizada, etc.), o bien consulte en las oficinas del Servicio Agrícola y Ganadero.
  • Exija que la tienda o criadero esté inscrito en los registros del Servicio Agrícola y Ganadero.