Cuarentena Posentrada Predial. Etapa 2: Evaluación lugar de cuarentena

Etapa Nombre Inicio Término
2 EVALUACIÓN LUGAR DE CUARENTENA PREDIAL PRESENTACIÓN SOLICITUD EVALUACIÓN LUGAR CUARENTENA PREDIAL DICATACIÓN RESOLUCIÓN AUTORIZA CUARENTENA PREDIAL
  • 2.1 Presentación Solicitud Evaluación Lugar Cuarentena Posentrada (CPE):

Cuando el Importador dispone del personal, de una estructura de confinamiento terminada y dispuesta en un lugar que cumple con las condiciones y características definidas por el Servicio, presenta la Solicitud Autorización Cuarentena Posentrada, en la Oficina Sectorial SAG bajo cuya jurisdicción se encuentre ubicada la estructura propuesta para conducir la CPE. Este documento es firmado por el Importador o su Representante legal, individualizando en los campos correspondientes a la persona que actuará como Contraparte Técnica ante el Servicio y al personal que realizará las prácticas de manejo a los materiales cuarentenados.

Una vez que la Solicitud Evaluación Lugar Cuarentena Posentrada Predial/ In Vitro se ha recepcionado conforme por parte de la Oficina SAG, el/la Encargado/a Sectorial de CPE concurre al lugar propuesto por el Importador a objeto de inspeccionar y verificar que se cumpla con las condiciones de aislamiento establecidas para la estructura de confinamiento y su entorno y disponga del personal para su conducción. Si la solicitud es rechazada, por no estar correctamente emitida la especie no dispone de regulación fitosanitaria o no debe cumplir CPE, el Servicio, por intermedio del Jefe Oficina SAG correspondiente, dicta la Resolución Rechazo Solicitud Cuarentena Posentrada, la cual es notificada al Importador/ Contraparte Técnica.

  • 2.2 Evaluación Lugar de Cuarentena Posentrada:

Esta inspección se realiza dentro de un plazo no superior a los 3 días hábiles, desde la recepción conforme de la referida solicitud, previa coordinación entre el Encargado/a Sectorial de CPE y la Contraparte Técnica.El Importador debe dar cumplimiento a las siguientes condiciones o características del lugar de CPE propuesto, a objeto de mantener condiciones óptimas de aislamiento y resguardo, considerando todas las vías de transferencia y diseminación de plagas: 

Greenwood Resources Chile S.A., Región del Biobío


  • I.- Personal:

El Importador debe disponer de personal para realizar las diferentes actividades asociadas a la conducción y manejo de la CPE:

a.- Contraparte Técnica: definida por el Importador, corresponde a un profesional del área silvoagrícola, con una carrera de a lo menos 10 semestres, con conocimientos en la normativa y procedimientos vigentes que realiza el Servicio en el ámbito de la CPE. La Contraparte Técnica debe estar presente en todas las actividades que el/la Encargado/a Sectorial de CPE le comunique previamente, a objeto de informarse directamente del avance de ésta y de los requerimientos definidos por el Servicio, realizando las mejoras solicitadas por éste último.

b.- Operador/es de cuarentena: corresponde a la/s persona/s que efectúa/n las diferentes actividades de manejo necesarias para la adecuada conducción de la CPE (riego, poda, raleo, limpieza, aplicación de productos químicos, entre otros), así como las asociadas a la mantención de las condiciones de aislamiento y resguardo. Estas actividades deben ejecutarlas en base a las directrices establecidas por el Servicio y comunicadas a la Contraparte Técnica.

  • II.- Lugar de ubicación CPE: corresponde al sitio donde se encuentra emplazada la Estación Cuarentenaria 2; este lugar debe cumplir con los siguientes requisitos, condiciones y especificaciones:

a.- Área de Seguridad: corresponde al área en el entorno de la Estación Cuarentenaria 2 (EC 2), que permite el aislamiento físico y que deberá mantenerse durante todo el periodo de CPE. Esta área debe pertenecer en su totalidad a la propiedad en que se encuentra ubicada la estación, u otro tipo de tenencia de tierra, que asegure esta condición. La distancia de aislación requerida para la EC se encuentra relacionada con la materialidad de los revestimientos y coberturas utilizados en esta: 

  • Estación Cuarentenaria 2A (EC 2A): dependiendo del material cuarentenado, deberá estar aislada por una distancia de a lo menos 30 metros en todo su entorno, incluidas malezas, de :

- Toda especie vegetal, para material agámico,

- Especies fitosanitariamente afines, para material gámico

  • Estación Cuarentenaria 2B (EC 2B): deberá estar aislada en todo su entorno por una distancia de a lo menos 5 m respecto de toda especie vegetal, incluidas malezas.

b.- Perímetro de Seguridad: corresponde a un cerco perimetral que tiene como objetivo limitar el acceso de personas no autorizadas o animales, a la EC 2, resguardando la integridad de los materiales de cobertura utilizados en ésta. El cerco se ubica a una distancia mínima de  1m. respecto de la estación, siendo el material y diseño utilizado aquel que logre mantener este perímetro de seguridad por todo el período de cuarentena, debiendo disponer de un acceso con llave.

Adicionalmente, el área comprendida entre la EC y el cerco perimetral deberá estar cubierta con material pétreo u otro calificado y autorizado por el SAG, que prevenga el desarrollo de malezas.

Para aquellos casos, en que se cuente con más de una EC, el perímetro de seguridad podrá abarcar al conjunto de éstas.

c.- Terreno no sujeto a inundaciones

d.- Instalación para destruir material de desecho proveniente de la cuarentena: ubicado en forma anexa a la EC, en el que se procederá a destruir el material proveniente de la cuarentena. Este puede corresponder a incinerador, contenedor metálico, autoclave y otras alternativas analizadas y autorizadas por la DPAF (División de Protección Agrícola y Forestal).

  • III.- Estación Cuarentenaria 2: corresponde a una estructura de confinamiento constituida por dos zonas independientes entre si: antecámara y nave.

1.- Partes Generales:

a. Partes estructurales: debe ser autoresistente, sólida, estable, resistente a condiciones climáticas y sísmicas de forma que no sufra deformaciones que puedan hacer perder la condición de aislamiento de la EC 2.La estructura soportante podrá ser:

  • Metálica, con tratamiento anti óxido si corresponde,
  • Aluminio, 
  • Estructura galvanizada,
  • Madera, cepillada, impregnada, seca- con humedad menor al 20%-, pintada con pintura para exterior blanca,
  • U otros materiales que garanticen el aislamiento, evaluados y autorizados previamente por la DPAF del Servicio.

b.- Revestimiento y Cubierta: se podrán usar en forma alternativa o combinados los siguientes materiales:

b.1. Malla antiáfido de una densidad de 50 mesh como mínimo (20x10 hebras/ cm2).

b.2. Cobertores de materiales impermeables y continuos que cumplan con: resistencia física, superior a la duración de la cuarentena establecida, en prevención de la necesidad de prolongar el tiempo de cuarentena.

  • Vidrio,
  • Plásticos rígidos (Policarbonato, PVC),
  • Plásticos flexibles (Polietileno de un grosor de a lo menos 0,2 micrones y con tratamiento UV)
  • U otros materiales que garanticen el aislamiento, evaluados y autorizados previamente por la DPAF del Servicio.

Cualquiera sea el material que se use se deberá contar con un sistema de sujeción a la estructura de cuarentena que impida el escape e ingreso de plagas durante todo el período de cuarentena. c. Paredes: constituidas por los cobertores descritos en la letra b. En zonas ventosas, si se opta por la utilización de polietileno, éste deberá usarse con doble cobertura. d. Techo: podrá estar constituido por cobertores continuos o malla antiáfidos de 50 mesh; requiriéndose en el primer caso que el techo presente declive, de forma de prevenir su rotura por acumulación de aguas lluvias. e. Piso: de materialidad que impida la infiltración de agua y sistema radicular al perfil del suelo, pudiendo ser:

  • e.1. Pavimentado, sólido, impermeable y en buen estado durante toda la vida útil solicitada; incluyendo un borde perimetral de a lo menos 3 cm. de alto y superior al nivel pavimento de la nave y antecámara. El pavimento debe ser de un espesor de a lo menos 5 cm., dispuesto sobre una base estable compactada de un valor referencial de 20 cm., incluyendo para éstos una impermeabilización final, o
  • e.2. Geomembrana HDPE, doble texturada de a lo menos 2 mm. de espesor, dispuesta sobre superficie compactada, lisa y sin elementos punzantes, sobre la cual se disponen capas de: 5 a 10 cm. de material fino (arena), geotextil de 200 gr. y gravilla de canto redondo; incluyendo borde perimetral descrito anteriormente. Sellada por termofusión (selladora de cuña o extrusora) e instalada por personal calificado.

f. Sistema Colector y Decantación de Agua: formado por un sistema de canaletas y tuberías colectoras para conducir el agua proveniente de la EC 2 hacia un pozo de decantación ubicado a un lado de ésta: fabricado de concreto con al menos 10 cm. de espesor o de ladrillo estucado, en ambos casos con recubrimiento con pintura epóxica; de PVC rígido u otro evaluado y autorizado por la DPAF; de una dimensión que permita contener el agua proveniente de la estación. Este pozo podrá descargar las aguas ya tratadas semanalmente con hipoclorito de sodio al 7%, u otro evaluado y autorizado por la DPAF, en un pozo de infiltración profunda, constituido por arena y material pétreo.

Acceso: debe asegurar la hermeticidad, entre las partes de la EC 2 y el exterior, para lo cual debe estar dotada de: 

  • g.1. Puertas: debe contar con dos puertas, exterior-antecámara y antecámara-nave, las cuales deben estar entre ellas a una distancia mínima de 2 m. Estas deben disponer de un borde perimetral que evite su deformación, constituido por:
    • Metal Liso, pintado con pintura lavable e impermeable,
    • Aluminio Liso,
    • Policarbonato,
    • U otros materiales que garanticen el aislamiento, evaluados y autorizados previamente por la DPAF del Servicio.

El resto del cuerpo de las puertas deberá estar conformado por algunos de los materiales descritos en Revestimientos y cubierta.

  • g.2. Marcos: deben tener la misma materialidad que el borde perimetral de las puertas, y estar constituidos por dos piezas dispuestas en un ángulo de 90° formando una “L” en toda su extensión. 
  • g.3. Cierre Hidráulico: debe contar con un quicio hidráulico o sistema para que las puertas vuelvan a su posición de cierre.

4. Accesorios: todos aquellos que aseguren un efectivo aislamiento (manilla y/o tiradores, cerrojo, bisagras (a lo menos 3), picaporte, burlete, entre otros).

h. - División entre EC 2: podrán disponerse varias EC 2 (nave + antecámara) en forma contigua, siempre y cuando se cumpla con las condiciones de aislamiento que permitan mantener la independencia entre ellas; para tal efecto deberán utilizarse cobertores de material continúo de acuerdo a lo descrito en Revestimientos y cubierta, considerando para el caso de polietileno doble cobertura.

i. - Señalética: Ubicada en las zonas de acceso, identificando la cuarentena, a través del número de la Resolución que Autoriza Cuarentena Posentrada y el código registrado en la Solicitud Evaluación Lugar Cuarentena Posentrada Predial/ In Vitro, e indicando medidas de resguardo permanentes, de acuerdo a las disposiciones del Servicio. La señalética debe ubicarse en la zona de acceso a la EC2, debe mantenerse en permanente y protegida de condiciones medioambientales.de una dimensión de a lo menos 22 x 28 cm.; de acuerdo al siguiente detalle:

ESTACIÓN CUARENTENARIA 2
UBICACIÓN SEÑALÉTICA TIPO SEÑALÉTICA DOCUMENTO
En puerta exterior acceso a antecámara, lado exterior. Identificación de la CPE, de acuerdo a lo registrado en la Solicitud Evaluación Lugar Cuarentena Posentrada Predial/ In Vitro y en el Informe Evaluación Lugar Cuarentena Posentrada Predial/ In Vitro VER
  Mantener puerta cerrada VER
En puerta interior acceso a nave de cuarentena, lado exterior. Mantener puerta cerrada VER
  Utilice pediluvio al ingresar VER
  Utilice buzo desechable al ingresar VER
  Operador Cuarentena: Use botas de goma VER
En puerta interior acceso a nave de cuarentena, la interior Mantenga puerta cerrada VER
  Desinfecte manos al ingresar y antes de salir VER
  Desinfecte herramientas al utilizarlas VER
  Sacar buzo desechable antes de salir VER
  Utilice pediluvio al salir VER
En puerta exterior acceso a antecámara, lado interior Mantenga puertas cerradas VER
  Utilice pediluvio al salir VER

2.- Especificaciones Estación Cuarentenaria 2: se encuentran autorizadas dos tipos de EC 2, de acuerdo a los materiales utilizados como revestimiento y cobertura: 

  • a.    Estación Cuarentenaria 2A: constituida por la combinación en techo, paredes y accesos de los materiales descritos en Revestimientos y cobertura.
  • b.    Estación Cuarentenaria 2B: constituida sólo por materiales impermeables y continuos descritos en Revestimiento y cobertura, excepto para las entradas y salidas de ventilación, las que deberán estar recubiertas, alternativamente, por malla antiáfidos de 50 mesh. Para el caso de las ventanas, sólo las secciones horizontales podrán estar revestidas por malla antiáfidos, presentando el resto de ella cobertores impermeables continuos.

A.- Antecámara: zona limpia que corresponde al sector de pre acceso a la nave de cuarentena, de una dimensión de a lo menos 2 m. de largo por 2 m. de ancho; en la cual sólo debe estar ubicado el pediluvio, la solución desinfectante y botas de goma u otro calzado adecuado de recambio para el uso del/los Operador/es de la cuarentena (marcado e inventariado).

a.-  Pediluvio: sistema de desinfección para calzado que permita el paso expedito por él; conteniendo en forma permanente una solución desinfectante. Debe estar dispuesto inmediatamente frente a la puerta interior de acceso a la nave, cubriendo todo el ancho de ésta, por 1.0 m. de largo y 2 cm. de profundidad efectiva.

b.- Solución Desinfectante: corresponde a:

  • Productos desinfectantes yodados.
  • Productos en base a sales de amonio cuaternarias.
  • Otras evaluadas y autorizadas por la DPAF del Servicio.

No se encuentra autorizado el uso de hipoclorito de sodio.

B.    Nave: zona donde se encuentran establecidos los materiales cuarentenados; siendo ésta de uso exclusivo para cada envío, disponiéndose de una superficie que permita dar las condiciones para el ótimo crecimiento de la especie cuarentenada y facilitar la inspección y muestreo de cada planta en cuarentena; para esto se debe tener presente:

  • Establecer la totalidad del material cuarentenado (incluidos los posteriores incrementos),
  • Disponer en bloques separados los materiales iniciales respecto de los incrementos autorizados,
  • Disponer una distancia mínima entre las plantas que conforman la hilera, de acuerdo al desarrollo vegetativo que alcanza la especie durante todo el periodo de CPE. Esta se encuentra relacionada con el número de contenedores presentes a lo ancho y largo de la hilera.

Disposición de contenedores por hilera, considerando:

ESPECIE VEGETAL

N° CONTENEDORES X ANCHO HILERA

Frutales arbóreas y Forestales

Hasta 2

Especies de menor desarrollo (Berries) y ornamentales

Hasta 4

Forestales y Frutales (ingresados como semilla o como in vitro)

En bandejas instaladas sobre mesones metálicos de un ancho máximo de 1.5 m.

  • Disponer de espacio entre hileras y/o pasillo de circulación del personal.

ESPECIE VEGETAL

DISTANCIA MÍNIMA ENTRE HILERA (M.) (*)

De menor tamaño y con menos de 1 año de cuarentena (Ejemplo: clavel, frutilla).

0,5

Hoja Perenne

1,0

Resto de las especies

0,7

                   (*) incluye distancia entre hileras y paredes de la EC.

  • Disponer de contenedores de tamaño definitivo el que debe ser de capacidad suficiente para contener el desarrollo radicular de las plantas durante todo el periodo de CPE.
  • Utilizar mesones elevados para facilitar las labores de inspección, especialmente en aquellas especies de menor desarrollo vegetativo, utilizando delantal desechable y cuando sea requerido para las especies afectas a control oficial (ejemplo:Fusarium circinatum)
  • Disponer de una zona de acceso a la nave correspondiente a un espacio libre de material cuarentenado y contiguo a la zona de ingreso a la nave, de a lo menos 5 m. de ancho por 2 m. de profundidad (dependiendo de las dimensiones de la nave de cuarentena). En esta zona se debe ubicar:

- Gabinete: que contenga las herramientas, vestimenta desechable e implementos requeridos en la cuarentena (exteriormente se ubica una lista con el inventario de herramientas, vestimenta e implementos), y

- Mesón: de color blanco, de a lo menos 1.00 x 0.7 m., que permite a el/la Encargado/a Sectorial de CPE preparar las muestras y registrar la información en los documentos oficiales de cuarentena.

Adicionalmente, en las naves se debe disponer de:

a.    Sistema de Riego tecnificado: que evite el escurrimiento del agua hacia fuera de la nave de cuarentena, previniendo la infiltración de agua al perfil del suelo.

b.    Fuente suministro de agua: Ubicada al interior de la nave de cuarentena, a objeto de disponer de agua para realizar algunos manejos, de ser requeridos.

c.    Herramientas: serán utilizadas para la toma de muestra por parte del Servicio y que deben incluir a lo menos tijera de podar y pala; de uso exclusivo para la cuarentena y desinfectadas periódicamente con los productos descritos para solución desinfectante para Pediluvio o Hipoclorito de Sodio al 7%.

d.    Vestimenta: buzos y guantes desechables para las personas autorizadas que ingresen a la EC 2. Para el caso de los materiales vegetales establecidos sobre mesones, se autorizará el uso de delantales desechables. La vestimenta es de uso exclusivo de la nave de cuarentena, disponiéndose de una cantidad adecuada y almacenada en la zona de acceso a la nave; manteniéndose marcada e inventariada.

e.    Implementos:

- e.1. Dispositivo asperjador portátil con solución desinfectante para manos: (Alcohol al 70%, Alcohol gel). Esta desinfección debe ser efectuada por todas las personas que acceden a la EC, al ingreso y previo a la salida de la nave de cuarentena.-

- e.2. Dispositivo asperjador portátil con solución desinfectante de herramientas: la desinfección periódica de herramientas y después de su uso debe realizarse con las soluciones desinfectantes descritas para Pediluvio y adicionalmente hipoclorito de sodio al 7%.

- e.3. Depósito para restos vegetales, con tapa y de capacidad adecuada para contener materiales vegetales provenientes de la cuarentena. En este se mantiene el material vegetal de desecho, hasta su destrucción en presencia del Encargado/a Sectorial de CPE.-

- e.4. Depósito para ropa desechable, con tapa, para contener vestimenta utilizada en la cuarentena, realizando el mismo procedimiento descrito en e3 para su eliminación.

- e.5. Libro Manejo CPE: corresponde a un registro documental foliado en el que se especifiquen todas las labores realizadas al material cuarentenado, tales como despuntes, podas, injertaciones, decapitaciones, aplicaciones de productos químicos, desmalezamientos y destrucciones. Al mismo tiempo, se debe señalar el detalle del material mantenido en cuarentena, a nivel de especie, variedad y/o clon. Para cada uno de estos registros se debe señalar fecha de ejecución, nombre y firma de la persona que realiza la actividad (Contraparte Técnica u Operador de cuarentena).-

- e.6. Materiales para toma de muestra, bolsas plásticas (medianas y grandes), papel absorbente, tubos de vidrio, alcohol al 70%, marcador permanente y otros requeridos por el SAG.

Los materiales señalados en la letra c., d., e., deben encontrarse descritos, inventariados, identificados en forma permanente, en buen estado y limpios y ubicados en la zona de acceso a la nave.

f.    Sustratos (no incluye suelo): el Importador/ Contraparte Técnica puede iniciar con antelación a la presentación oficial de la Solicitud Evaluación Lugar Cuarentena Posentrada Predial/ In Vitro, el muestreo del sustrato, si corresponde. Lo anterior, debido a que mientras no se cuente con los resultados oficiales de los análisis, que determinan que el sustrato es apto nematológicamente, de acuerdo a la legislación de viveros vigente, o para las plagas que se encuentran bajo Control Oficial, el Servicio no puede autorizar el lugar de cuarentena.

El Importador debe demostrar que el sustrato se encuentra nematológicamente apto, ya sea mediante documento de internación (sustratos internados al país) o análisis de laboratorio. De no estar esta información disponible, el/la Encargado/a Sectorial de CPE procede a efectuar el muestreo nematológico correspondiente (para formas móviles y enquistadas). Se podrá obviar en análisis nematológico, para el caso de sustartos inertes, previa evaluación del Servicio. Para el caso de sustratos que serán utilizados para las especies afectas al control oficial de Fusarium circinatum, se deberá proceder a:

  • Realizar tratamiento de sanitización mediante calor, con temperaturas del sustrato entre 60° y 80° C durante 30 minutos.
  • Captar muestras para verificar la ausencia de este hongo.

g.    Portainjertos: El Importador/ Contraparte Técnica puede iniciar con antelación a la presentación oficial de la  Solicitud Evaluación Lugar Cuarentena Posentrada Predial/ In Vitro  la inspección de los portainjertos que serán utilizados en la cuarentena, cuando requiera injertar los materiales agámicos internados (ramillas, púas o varetas (yemas)). Estos deben estar disponibles en la cantidad requerida y libres de plagas, dando cumplimiento a las normativas de viveros y Control Oficial vigente, cuando corresponda. De ser necesario el Inspector del Servicio podrá captar muestras, para definir la condición fitosanitaria de estos materiales y resolver la autorización del lugar de cuarentena una vez que disponga de resultados de diagnóstico de laboratorio favorables.

h.    Desinfección de la EC 2: cuando ésta haya mantenido otra cuarentena en forma previa, o para las instalaciones que vayan a albergar especies adscritas a Control Oficial, cuando corresponda (por ejemplo: F. circinatum, M. fructicola). Las desinfecciones deben ser realizadas bajo la supervisión de personal del Servicio y con los productos descritos para Pediluvio.

 

Greenwood Resources Chile S.A., Región del Bío Bío


IV.- Cámara Frigorífica: Cuando se requiera mantener temporalmente en frío el material vegetal a internar, debe ser autorizado previamente por el/la Encargado/a Sectorial de CPE. Para su aprobación se requiere comprobar que la cámara cuente con un sistema de resguardo y de aislamiento para el material en CPE, que no permita la diseminación de posibles plagas.Este material de internación debe permanecer sellado durante todo el período de almacenaje; y sólo puede ser abierto y movilizado con autorización y bajo la supervisión de el/la Encargado/a Sectorial de CPE. Es responsabilidad del Importador o la Contraparte Técnica, considerar que los materiales no alcancen el punto de congelamiento, de forma que no afectar su crecimiento durante la CPE.

La intención de utilizar cámara frigorífica debe ser informada por el Importador, en la Solicitud Evaluación Lugar Cuarentena Posentrada Predial/ In Vitro y autorizada en el Informe Evaluación Lugar Cuarentena Posentrada Predial/ In Vitro. Se debe señalar en ambos documentos la identificación de la cámara y el período de tiempo de mantención en frío del material vegetal, información que será incluida en la Resolución que Autoriza Cuarentena Posentrada correspondiente.

V.- Otras disposiciones específicas: el SAG podrá definir otras disposiciones relacionadas con la operación, manejo, aislamiento y resguardo de la EC, y/o para dar cumplimiento a la normativa de Controles Oficiales vigente, en consideración a las condiciones de los lugares donde las estaciones se encuentran ubicadas, quedando establecidas estas disposiciones en la Resolución que Autoriza Cuarentena Posentrada.

2.3.- Emisión Informe Evaluación Lugar de Cuarentena Posentrada:

Una vez que el/la Encargado/a Sectorial de CPE inspecciona el lugar de cuarentena propuesto por el Importador, emite el Informe Evaluación Lugar Cuarentena Posentrada Predial/ In Vitro, ya sea favorable (Cumple) o desfavorable (No Cumple).

El/la Encargado/a Sectorial de CPE emite el Informe Evaluación Lugar Cuarentena Posentrada Predial/ In Vitro Favorable, una vez que compruebe el cumplimiento de todos los requisitos y condiciones establecidos por el Servicio, tanto del personal, la estructura de confinamiento propuesta y a su entorno, como a la sanidad del sustrato y de los portainjertos, si estos últimos se requieren.

En el caso de no cumplirse con alguno de los requisitos, el/la Encargado/a Sectorial de CPE emite el Informe Evaluación Lugar Cuarentena Posentrada Predial/ In Vitro Desfavorable. Este Informe debe emitirse una vez terminada la inspección, consignando en él la o las causales de rechazo y la fecha de emisión, entregando un ejemplar a la Contraparte Técnica; esta condición se oficializa a través de la dictación de la Resolución Rechazo Lugar Cuarentena Posentrada, por parte del Director Regional, correspondiente.

Una vez superado el incumplimiento detectado y si así lo decide el Importador, presenta una nueva Solicitud Evaluación Lugar Cuarentena Posentrada Predial/ In Vitro a la Oficina Sectorial SAG correspondiente, reiniciándose el proceso descrito con anterioridad.

2.4.  Dictación Resolución Autoriza Cuarentena Posentrada:

Una vez recibido conformes los documentos que avalan la evaluación favorable del lugar de cuarentena, la Dirección Regional correspondiente dicta la Resolución Autoriza Cuarentena Posentrada; en la cual se individualiza el envío, se hace referencia a la normativa que establece los requisitos y declaraciones adicionales, se define el lugar de cuarentena y las condiciones particulares para cada tipo de material.

Disponer de este documento, es requisito previo para que el Importador inicie el proceso de importación.