Importación de plaguicidas

Para importar plaguicidas de uso agrícola se requiere que el producto esté autorizado por el SAG, quien además fiscaliza todas las solicitudes de importación de plaguicidas, a nivel de puertos de entrada a nuestro país, aplicando las normas y procedimientos señalados en la Resolución N° 1.038 de 2003, con el fin de comprobar la identidad de los plaguicidas y su correspondiente composición química.

Si el plaguicida no se encuentra dentro de los productos autorizados por el SAG, el interesado/a deberá solicitar su autorización, procedimiento normado por la  Resolución Nº1.557 de 2014, y sus modificaciones Resolución 1.400/2015,1.208/2016 y 5.482/2016, 7.128 de 2022 y 14 de 2019.