Este trámite permite obtener: una autorización para la importación de muestras, en cantidades acotadas y por única vez, de alimentos completos, suplementos, aditivos e ingredientes, con fines de desarrollo de alimentos, investigación, realización de ensayos experimentales y uso particular, que no involucren algún fin comercial del producto.
A quién está dirigido: a investigadores, directores técnicos de una empresa de alimentos, establecimientos importadores o personas naturales o jurídicas.
Como realizar la solicitud:
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Ingresar en link: https://cerofilas.sag.gob.cl/. Puede revisar el “manual para realizar solicitud”
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Seleccionar Solicitud de permiso de importación pecuario (debe contar con clave única)
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Completar los antecedentes solicitados
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Seleccionar Tipo de Permiso, esto dependerá del destino de la muestra, si es para alimentación animal debe seleccionar "Alimentos para Animales”.
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Adjuntar los antecedentes (fichas técnicas o etiquetas de los productos)
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Realizar el pago (se redirigirá a Portal TGR)
IMPORTANTE:
a) Es fundamental tener en consideración que, este trámite se debe realizar con anticipación a la importación, es decir, previo al arribo de las muestras o productos pecuarios a Chile.
b) Si las muestras o productos pecuarios llegan al control fronterizo y no cuentan con su respectivo permiso de importación, serán retenidos por los inspectores del SAG y no podrán ingresar al país.
c) El producto que se autoriza, debe ingresar al país acompañado de una copia de la carta, ya sea portada por la persona que ingresa el producto o incorporada en el bulto que se envíe si el ingreso será a través de alguna empresa de envío internacional (Courier/Correos o Carga).
d) Al ingreso al país, el producto autorizado debe estar etiquetado o con documentos acompañados, que permita a los inspectores del SAG verificar que corresponde al producto, cantidad y origen autorizados.
e) Al arribo al país, un inspector/a SAG del control de frontera verificará que el producto cumpla con todas las especificaciones estipuladas en la autorización y, en caso de no corresponderse, será interceptado y no se autorizará su ingreso al país.
f) Este permiso libera a los productos autorizados del trámite regular de importación ante el SAG. No obstante, este trámite podrá ser requerido a este Servicio, si así lo determina el Servicio Nacional de Aduanas por considerar que el producto posee valor comercial.
g) Este permiso no exceptúa de la obligación de cumplir, si corresponde, con otras regulaciones para mercancías importadas, como regulaciones en materias agrícolas, CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre), lo establecido en la Ley de Caza referente a internación de fauna exótica para Chile, o las regulaciones asociadas a mercancías de condición orgánica
Ver Resolución N° 4.467/2018, que "Regula internación de muestras o productos sin fines comerciales de origen o uso animal mediante permiso de importación".
Costo del trámite: 0,25 UTM, según Resolución N° 7.113/2016.
Plazo de emisión: máximo 10 días hábiles, en caso de acogerse la solicitud y dependiendo del tipo de producto.
Validez: 60 días desde la fecha de emisión, pudiendo utilizarse una sola vez.
Cualquier consulta puede dirigirla al correo romina.ganga@sag.gob.cl