Procedimiento de habilitación de proveedores oficiales de DIIO

A fin de velar por la calidad de los dispositivos de identificación individual oficial que el mercado ofrezca a los productores de ganado bovino, el Servicio Agrícola y Ganadero ha establecido las bases técnicas para habilitar las diferentes empresas de proveedores o fabricantes que deseen comercializarlos en Chile.

Los requisitos para la habilitación como proveedor de DIIO con radiofrecuencia se describen en el documento general; a continuación se describe el procedimiento de habilitación:

Los proveedores de DIIO deben presentar sus solicitudes en las oficinas centrales del SAG, dirigidas al director nacional del Servicio Agrícola y Ganadero. Los antecedentes se envían al encargado/a del Programa de Trazabilidad Animal para su revisión quien, eventualmente, podría solicitar aclaraciones respecto de la documentación presentada.

  • Formulario: "Solicitud de habilitación como proveedor de dispositivos de identificación individual oficial (DIIO)" (F-PP-TA-002)

Si la documentación presentada es aprobada, el/la encargado/a envía la propuesta de resolución de habilitación del proveedor y asignación de números oficiales correlativos de DIIO al jefe/a de la División Jurídica para su visto bueno y correspondiente tramitación ante la Dirección Nacional del SAG.

Si un proveedor ya habilitado solicita la habilitación de un DIIO de igual marca y distinta empresa elaboradora, debe presentar una solicitud de la empresa de origen habilitada, en las oficinas centrales del SAG, dirigida al jefe/a de la División de Protección Pecuaria, demostrando que los procesos y origen de las materias primas son homologables en ambas fábricas (tipo de materia prima empleada, origen de moldes, tipo de maquinaria utilizada, controles de procesos o certificaciones ISO, entre otras). 

Los proveedores deben informar y mantener actualizados los canales de distribución que utilizan. Al mismo tiempo, deben mantener un stock de DIIO en los establecimientos informados como distribuidores.

El SAG asigna el número oficial correlativo del DIIO a un mismo proveedor tanto para el componente doble paleta como para el componente botón.

El proveedor de DIIO habilitado, para solicitar nueva numeración debe utilizar el siguiente formulario:

  • "Asignación de rango de números oficiales" (F-PP-TA-004)

El/la encargado/a del Programa es el responsable de la publicación en el sitio web del SAG de la lista vigente de proveedores habilitados, con la siguiente información, que debe estar disponible en todas las oficinas SAG del país:

  • nombre de la empresa fabricante habilitada
  • Contacto empresa
  • rango de números asignados para la empresa y marca de DIIO

Es responsabilidad de los distribuidores de DIIO llevar el control en el Formulario de Distribución y Control de Dispositivos de Identificación Individual, que mantiene el registro cronológico de los siguientes datos:

  • razón social o nombre y apellido del comprador
  • RUT del comprador
  • cantidad total de DIIO entregados
  • rango de numeración de DIIO entregados con el nombre, ubicación y RUP de los predios a los cuales serán destinados los DIIO.

Este registro debe estar a disposición del SAG dentro de los 10 días desde la entrega de los dispositivos.

En el sitio web del SAG se publica la lista oficial vigente de distribuidores de DIIO.

Un proveedor puede solicitar al Servicio una nueva asignación de números oficiales correlativos, e indicar las razones por las cuales requiere esta nueva asignación. Ésta procederá previa evaluación conforme del SAG.

Si el proveedor, distribuidor o comprador sufre alguna pérdida de sus DIIO por cualquier motivo, debe informar este hecho en el Formulario de Distribución y Control de Dispositivos de Identificación Individual, en la sección habilitada para dicho fin. Este formulario está disponible en las Oficinas SAG y en las cadenas de distribución de DIIO del país; también se pueden utilizar los formularios Web.