Ejecución de tratamientos y/o medidas fitosanitarias

El SAG otorga la autorización de terceros en la ejecución de tratamientos y medidas fitosanitarias a productos de origen forestal reglamentados.

El ámbito de acción es para tratamientos y/o medidas fitosanitarias aplicados a productos de origen forestal de importación, específicamente cuando estos no cumplen con los requerimientos fitosanitarios para la importación a Chile. En el caso de productos forestales de exportación, el objeto es cumplir con los requisitos fitosanitarios de importación de los países de destino y embalajes de madera utilizados en el comercio internacional (NIMF Nº 15).

La ejecución de estas tareas exige un permanente y alto compromiso de parte de los terceros autorizados, quienes serán los responsables de la correcta aplicación de los tratamientos y/o medidas fitosanitarias, la aplicación de medidas de resguardo y de mantener la información de respaldo de las actividades correspondientes.

Los interesados podrán optar a la autorización en uno o más de los siguientes tratamientos y/o medidas fitosanitarias:

- Fumigación con bromuro de metilo.
- Fumigación con fosfina.
- Desinfección y desinfestación.
- Destrucciones.
- Tratamientos térmicos.
- NIMF N° 15.

Para más información y/o consultas, dirigir correo a terceros.autorizados@sag.gob.cl