Descripción del trámite:
Se prohíbe la corta, explotación, descepado y traslado de palma chilena (Jubaea chilensis) sin permiso previo del Servicio Agrícola y Ganadero, otorgado a petición del interesado.
Este trámite permite obtener:
- Una resolución que autoriza la corta y explotación de palma chilena, o
- Una resolución que autoriza la descepadura y traslado de palma chilena.
A quién está dirigido:
A personas jurídicas y naturales que estén interesadas en la actividad.
Para mayor información:
Oficinas del SAG correspondiente a la región donde se encuentra la palma chilena. Según el caso, se le informará el procedimiento pertinente.
Normas que lo regulan:
Observaciones:
Será exigible, cuando corresponda, la tenencia de un plan de manejo aprobado por la Corporación Nacional Forestal CONAF, de acuerdo al Decreto Ley Nº 701 de 1974.