Para que la autoridad sanitaria del país de procedencia pueda emitir el CZI, esta debe asegurar el cumplimiento de los siguientes requisitos sanitarios:
1) EXAMEN CLÍNICO
Los animales deben ser sometidos a un examen clínico, por un médico veterinario, dentro de los 10 días previos al ingreso a Chile, en el cual no se deben evidenciar signos clínicos de enfermedades infectocontagiosas ni parasitarias.
Para el caso de los caninos, el médico veterinario debe certificar que, al momento del examen clínico, no manifestó signos clínicos compatibles con Leishmania infantum.
2) VACUNA ANTIRRÁBICA
Los animales primo-vacunados*, independiente de su edad, deben ser inmunizados al menos 21 días previos al ingreso a Chile.
Los animales no primo-vacunados*, deben certificar que su plan de vacunación se encuentre vigente de acuerdo a lo establecido por la autoridad sanitaria competente del país de procedencia, de lo contrario se considerarán como primo-vacunados.
Para el caso de los hurones, estos deben estar inmunizados con una vacuna antirrábica indicada específicamente para la especie, siguiendo las indicaciones del fabricante respecto a la edad y frecuencia de vacunación.
*Entiéndase por primo-vacunado aquellos animales que reciben la primera dosis de su vida o que la última dosis fue aplicada fuera del periodo de vigencia de la vacuna anterior.
3) DESPARASITACIÓN CONTRA PARÁSITOS INTERNOS Y EXTERNOS
Los animales deben ser tratados entre 5 y 30 días previos al ingreso a Chile con un antiparasitario de uso interno y externo, de amplio espectro, aprobado por la autoridad sanitaria competente del país de procedencia y en una dosificación recomendada por el fabricante.