Bioseguridad establecimientos pecuarios

  • Recientemente este Servicio, mediante Resolución 2.114/2023, creó oficialmente el Sistema Nacional de Bioseguridad para Establecimientos Pecuarios, cuyo objetivo principal es mantener e incrementar el estatus sanitario de los principales rubros animales y asegurar la calidad sanitaria de los productos derivados de estos sistemas.
  • De acuerdo con la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), la bioseguridad se define como un conjunto de medidas físicas y de gestión diseñadas para reducir el riesgo de introducción; radicación y propagación de las enfermedades; infección o infestaciones hacía, desde y dentro de una población.
  • Por tanto, dado el impacto y la contingencia de la Influenza Aviar Altamente Patógena en el mundo y en Chile, es que se priorizó la realización; en el rubro avícola;  de dos manuales y sus respectivas pautas de verificación. Los cuales a través de la presente Resolución 4.534/2023 se encuentran aprobados por la Dirección Nacional. 
  • En estos, se detallan las acciones que los establecimientos avícolas (según su estrato de producción) deberán cumplir y las cuales serán fiscalizadas por SAG en un plazo de 1 año desde la publicación en el Diario Oficial. Dichos documentos corresponden a:  “Manual general bioseguridad en la avicultura de productores de la AFC o traspatio” y “Manual bioseguridad en planteles de aves”.
  • Antes de la entrada en vigencia de estos manuales y en cumplimento de esta norma, habrá un periodo de difusión; de información a los productores/as; de capacitación, para que todos los actores del rubro tengan el tiempo necesario para ponerse al día respecto a las exigencias que progresivamente tendrán que cumplir.